Nuevas alegaciones al Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno por el que se modifica el Decreto 48/2015

9 Jun 2020

Nuevas alegaciones al Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno por el que se modifica el Decreto 48/2015

Nuevas alegaciones al Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno por el que se modifica el Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria, presentadas el 12 de junio.

TRÁMITE DE AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA

En referencia al Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno por el que se modifica el Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria,

La Sociedad Española de Estudios Clásicos (SEEC) (nº de Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior: 4123), que cuenta con tres mil socios, y en particular su Delegación de Madrid, en nombre y representación de sus setecientos socios, entre los que se encuentra una amplia representación de profesores de Griego y Latín de los Institutos de Enseñanza Secundaria y en instituciones educativas privadas

EXPONEN QUE

Una vez que ya mostramos nuestra posición al respecto de la reducción del horario de –en concreto– la asignatura de Cultura Clásica que supone la implantación de los objetivos del mencionado decreto y habiendo leído las respuestas a las alegaciones que dirigimos en el correspondiente trámite de audiencia (a saber: “que el Decreto 48/2015, de 14 de mayo, establece dos horas para las materias específicas opcionales en el cuarto curso de la etapa, entre las que se encuentra la materia Cultura Clásica correspondiente a dicho curso, y destaca que los centros tienen la posibilidad de impartir en el curso tercero de la etapa las materias a las que se refiere el artículo 6.4 a través del apartado 2.d) del artículo 22 de dicho Decreto, a lo que deberá aplicarse simultáneamente el apartado 5 de ese mismo artículo 22.”) nos cumple alegar nuevamente lo siguiente:

1.     Que los requisitos derivados de la normativa citada tienen un carácter disuasorio tanto para los alumnos como para quienes tienen la capacidad y autonomía de ponerla en práctica (el aumento de una hora lectiva más o el empleo adicional de una hora del cupo del profesorado), por lo que solo sobre el papel existirá la posibilidad de que la asignatura de Cultura Clásica tenga dos horas de impartición. Por la vía de los hechos la asignatura de Cultura Clásica está abocada –independientemente de la vía que facilita la normativa– a contar con solo una hora lectiva, lo que va en detrimento de su valor como asignatura que aporta una formación integral y sumamente transversal.

2.     Para subrayar el valor de esa asignatura volvemos a plasmar literalmente lo que expusimos en la anterior alegación no sin antes volver a insistir que una apuesta por la calidad de la enseñanza pasa por no conferir a asignaturas como Cultura Clásica o las segundas lenguas un papel meramente residual, que es a lo que se verá irremisiblemente abocada con su reducción a 1 hora. Por lo que pedimos que en aras de estas asignaturas se garantice esas dos horas, lo que pasa porque no se implante el decreto en cuestión.

Reproducimos a continuación las alegaciones presentadas en la anterior ocasión:

“En la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. Jefatura del Estado «BOE» núm. 295, de 10 de diciembre de 2013 Referencia: BOE-A-2013-12886 destaca en su Preámbulo diversas consideraciones que hacen de la materia de Cultura Clásica un puntal esencial de cara a la calidad educativa que esa Ley tiene como objeto potenciar:

1.      En los aspectos lingüísticos, se hace hincapié en el dominio de lenguas, objetivo que se potencia en el currículo de Cultura Clásica, afianzando tanto la lengua propia como –en lo tocante a estructuras, vocabulario, etc.- las lenguas extranjeras. Del mismo modo, el nivel de comprensión y de expresión oral y escrita se ve potenciado de forma muy marcada en el currículo de la mencionada asignatura.

2.      En otros aspectos, los temas que se abordan de forma tanto directa como transversal tienen mucho que ver con la pretensión de poner en práctica “valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación” y con el fin de preparar a los alumnos “para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento”.

3.      Una sociedad del conocimiento como la que se está conformando no se entiende fuera de lo que se da en llamar “humanidades digitales”. Hoy por hoy, la impartición de esta materia no se entiende –como queda demostrado con la participación masiva de alumnos de todo el territorio español en el concurso de Cultura Clásica Odisea en la presente edición (https://www.google.com/maps/d/viewer?mid=1gtAZJ5jnS4QjAcgeh6CRVho-FP_hpMOQ&ll=39.20243712764296%2C-8.677922412182625&z=3) – sin el factor de las tecnologías digitales, en la que alumnos y profesores de la materia de Cultura Clásica se encuentran implicados. 

Del mismo modo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Disposiciones Generales Consejería de Educación, Juventud y Deporte, DECRETO 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria, leemos –entresacando pasajes especialmente relevantes– que tanto en lo tocante a los objetivos de la etapa, que figuran en el artículo 3 (por ejemplo: “La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos las capacidades que les permitan: a) Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática”), como en su currículo (artículo 4), la materia de Cultura Clásica alcanza a cubrir por sí sola todos y cada una de las competencias por las que “aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos”. Esto es, en Cultura Clásica se comprenden todas y cada una de las competencias del currículo de Secundaria: “a) Comunicación lingüística. b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. c) Competencia digital. d) Aprender a aprender. e) Competencias sociales y cívicas. f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. g) Conciencia y expresiones culturales. Se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística, Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología”.

Ante lo que acabamos de referir no podemos sino señalar que la reducción a la mitad del horario que este Proyecto de Decreto tiene previsto para esta materia en su oferta del Primer Ciclo de ESO:

1.     Boicotea de pleno cualquier posibilidad de que el currículo se pueda impartir en unas condiciones que garanticen la calidad de la enseñanza que persigue tanto la Ley como el Decreto antedichos, ya que se reduce a la mitad el número de horas de impartición de la materia, pero no así su contenido.

2.     Compromete la calidad de la enseñanza por la que aboga la Consejería de Educación y Juventud de la CAM, puesto que, como está ampliamente demostrado, la impartición de una materia durante solo una hora semanal rompe la continuidad didáctica y convierte a las materias en poco más que distracciones esporádicas.

3.     El apoyo a una asignatura de peso humanístico se ve mermado en nuestra Comunidad particularmente en comparación con el resto de las Comunidades Autónomas, puesto que en la mayoría de ellas se puede estudiar en primer y segundo ciclo; incluso es materia obligatoria en 2º curso en la comunidad de Castilla y León. Y se ofrece siempre en un número de horas mínimo de 2 por semana (llegando a las 3 horas en ocho comunidades).

Aparte de las alegaciones de tipo educativo, sin duda las más importantes, no podemos dejar de subrayar las implicaciones de carácter laboral que el Decreto en su actual redacción conlleva: muchos funcionarios de carrera de las especialidades de Latín y Griego quedarían en situación de desplazamiento u otras que suponen un agravio comparativo frente a los profesionales de otras disciplinas; por otro lado, los profesores en expectativa de destino continuarían en dicha situación sin perspectivas de cambio y los interinos quedarían abocados al paro.

En resumen, queremos volver a subrayar que lo expuesto en el Proyecto de Decreto además de perjudicar el Currículo de Educación Secundaria Obligatoria compromete la apuesta por la calidad de la enseñanza que tanto la Consejería de Educación de la CAM como la Sociedad Española de Estudios Clásicos defendemos.  

En consecuencia

SOLICITAN QUE

1) Se reconsidere totalmente la reducción del tiempo de impartición de las materias optativas a una hora semanal;

2) se reconsidere el papel y el estatuto que materias como la Cultura Clásica o la Segunda Lengua extranjera deben tener en el currículum de la ESO, como materias de importancia particular en la formación integral de los estudiantes;

3) se reconsidere muy particularmente el estatuto de una materia como la Cultura Clásica, que es el vínculo principal de los estudiantes con su pasado lingüístico, artístico, filosófico y cultural en general y, además, el principal vínculo con muchos países europeos, americanos y africanos a los que nos unen muchas raíces. Más concretamente, solicitamos expresamente que se considere la posibilidad de que, como en Castilla y León, se convierta en una materia obligatoria en la ESO.”

Muy atentamente

Jesús de la Villa

Presidente de la SEEC

Sr. Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

Consejería de Educación y Juventud  de la Comunidad de Madrid

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